La Nueva, en la mira: nuevas prohibiciones por parte del ente regulador

RESOLUCIÓN SSN 382/2025. La Superintendencia de Seguros de la Nación amplió las medidas cautelares sobre La Nueva Cooperativa de Seguros Limitada, alegando falta de liquidez, ocultamiento de información clave e irregularidades financieras graves. La aseguradora queda inhabilitada para operar nuevos seguros y administrar inmuebles y reaseguros.

La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) resolvió profundizar las sanciones contra La Nueva Cooperativa de Seguros Limitada, una entidad que ya se encontraba bajo la lupa desde mayo. La resolución N° RESOL-2025-382-APN-SSN#MEC, firmada el 23 de julio por el superintendente Guillermo Plate, prohíbe a la empresa celebrar nuevos contratos de seguros, administrar inmuebles y realizar operaciones de reaseguro, entre otras restricciones.

La decisión se basa en una serie de graves irregularidades detectadas en la presentación de los estados contables al 31 de marzo de 2025, donde la propia aseguradora reconoció una situación financiera “transitoria” que la dejó “prácticamente imposibilitada de administrar los pagos de manera ordenada”. A esto se sumó un embargo judicial por más de 300 millones de pesos que, según la entidad, desencadenó una catarata de medidas similares por parte de otros acreedores.

Un informe de la Gerencia de Inspección, citado en los considerandos de la medida, indica que La Nueva incumplió sistemáticamente los requerimientos del organismo: no entregó libros contables, ni planillas de siniestros, ni información sobre deudas, sentencias firmes o reservas técnicas. Además, se detectaron pasivos subestimados, y sentencias impagas.

Por ello, la Resolución 382 determinó:

ARTÍCULO 1º.- Prohibir a LA NUEVA COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA (CUIT 30-50004113-3) celebrar nuevos contratos de seguro.
ARTÍCULO 2°.- Prohibir a LA NUEVA COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA (CUIT 30-50004113-3) realizar actos de administración respecto de sus inmuebles, debiendo abstenerse de celebrar contratos de locación, mutuo y/o cualquier otro que puedan afectarlos.
ARTÍCULO 3°.- Prohibir a LA NUEVA COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA (CUIT 30-50004113-3) realizar actos de administración respecto de sus relaciones de reaseguro, por lo que deberá abstenerse de producir innovación alguna que pueda significar una operación de corte de responsabilidad, de cut off, o cualquier otra equivalente que comporte la exclusión de la responsabilidad del reasegurador.

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