Justicia contra los «caranchos»: Casación confirmó las condenas a una red de abogados que estafaba aseguradoras mediante siniestros falsos

El Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires ratificó las condenas impuestas a una decena de imputados que integraban estudios jurídicos dedicados a fabricar accidentes de tránsito inexistentes para cobrar indemnizaciones. El fallo marca un precedente en la lucha contra el fraude organizado en el sector asegurador.

El Tribunal de Casación Penal bonaerense confirmó las condenas dictadas por el Tribunal Oral en lo Criminal N° 8 de Lomas de Zamora contra once personas que integraban distintas redes delictivas dedicadas a montar siniestros vehiculares falsos para defraudar a compañías de seguros. El fallo, dictado por la Sala Cuarta, consolida una investigación que llevó años y que fue posible gracias, en buena medida, a una decisión sin precedentes: varias aseguradoras decidieron compartir información y actuar de manera coordinada como particulares damnificadas en la causa penal.

El esquema que la Justicia desarticuló

Los hechos investigados comprenden el período 2015-2023 y giraron en torno a varios estudios jurídicos de la zona sur del conurbano bonaerense —conocidos en la jerga judicial como «caranchos»— que operaban bajo un esquema similar: abogados que comandaban la estructura, «punteros» o «cuentapropistas» encargados de reclutar a personas que figurarían como víctimas, demandados y testigos de accidentes que nunca ocurrieron, y una red de contactos que permitía obtener certificados médicos, datos de asegurados y poderes notariales apócrifos.

Las maniobras se perfeccionaban con la presentación de demandas civiles ante juzgados del Departamento Judicial Lomas de Zamora, invocando siniestros de tránsito inexistentes o adulterados, con el objetivo de obtener indemnizaciones de compañías como Caja de Seguros, Sancor, Seguros Sura, La Mercantil Andina, Federación Patronal y San Cristóbal, entre otras.

La investigación, llevada adelante por el fiscal Sebastián Scalera, se sustentó principalmente en escuchas telefónicas que permitieron documentar con crudeza el funcionamiento interno de las bandas. En los audios transcriptos en la sentencia, los imputados discutían abiertamente la compraventa de «carpetas» —expedientes con datos de personas que serían usadas en los juicios—, el pago a testigos falsos, las estrategias para sortear las revisaciones médicas de las aseguradoras y cómo evitar que los mismos actores se repitieran en demasiadas causas.

Qué dijo Casación

El Tribunal confirmó las condenas de Alfredo Daniel Truglio —identificado como jefe de una de las asociaciones ilícitas y condenado a cinco años y tres meses de prisión—, los hermanos Pedro y Carla Pellicori, Jacqueline Florencia Hernández, Gustavo Martín Viceconte, Mauricio Ariel Ledesma, Alejandro Cheves, Rodolfo Luna y Mariano Zas, todos por su participación en distintas estructuras criminales. Las penas —de tres años de prisión en la mayoría de los casos— fueron acompañadas, para quienes ejercían la abogacía, de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión.

En cambio, el Tribunal rechazó los recursos de los particulares damnificados que pedían la condena también por asociación ilícita de Juan Carlos Bootz, Julio César Gaito, Fabián Esteban Contino y María Laura Brea, confirmando en esos casos los veredictos absolutorios parciales dictados en primera instancia. El fundamento central fue que, si bien existía actividad delictiva, no se acreditó la existencia del acuerdo de voluntades estable y organizado entre al menos tres personas que exige el artículo 210 del Código Penal para configurar la asociación ilícita.

Para los casos en que sí se confirmó la condena por ese delito, la Sala fue contundente: «Se trató de un particular fenómeno de delincuencia organizada conocido vulgarmente como ‘caranchos’, que afecta a la tranquilidad de la población en general, por los componentes que integran su configuración y por trastocar pilares e instituciones básicas de nuestra sociedad, como la figura y misión del abogado, interfiriendo y atacando el funcionamiento de los servicios públicos de justicia y seguridad.»

La voz de las aseguradoras

El abogado Nicolás F. D’Albora integró el equipo que representó a las compañías de seguros constituidas como particulares damnificadas en la causa. Su visión sobre el alcance del fallo y las perspectivas que abre para el sector es elocuente.

¿Qué relevancia jurídica tiene que Casación haya confirmado las condenas por asociación ilícita?

«Tiene mucha relevancia, porque implica la convalidación no solo de la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal Oral, sino de una investigación de muchos años llevada a cabo por el fiscal Sebastián Scalera. Significa confirmar que el flagelo del fraude de seguros puede —y debe— ser abordado desde un análisis organizacional de quienes perpetran las estafas y no ya desde un caso aislado, como suele ocurrir.»

¿Qué elementos son determinantes para que una maniobra fraudulenta deje de ser un hecho aislado y pase a encuadrarse como asociación ilícita?

«El delito de asociación ilícita es autónomo e independiente a las maniobras fraudulentas concretas. Requiere que tres o más personas se organicen de manera permanente para llevar a cabo delitos indeterminados. Se reprime la estructura organizativa, pergeñada para llevar a cabo —en este caso— estafas de seguro.»

¿Qué impacto institucional tiene una sentencia como esta?

«El impacto es enorme y puede analizarse desde distintos enfoques. En primer lugar, se puede ver una considerable baja de la litigiosidad en la jurisdicción de Lomas de Zamora. El caso operó como un claro mensaje hacia estas bandas criminales sobre las consecuencias que puede tener su accionar. Esto no significa que el fraude vaya a desaparecer, pero este caso claramente funciona de manera preventiva y ejemplar.»

D’Albora también destaca un cambio de actitud en el fuero civil: «Se advierte una mayor atención por parte de los jueces civiles a la hora de analizar posibles fraudes.» Y señala un dato institucional de peso: «La relevancia del caso se advierte también por la intervención como particular damnificado de la Superintendencia de Seguros de la Nación. Este involucramiento del Estado en la lucha contra el fraude constituye un respaldo muy grande a las compañías que decidieron, de manera conjunta y por primera vez, compartir información y actuar de manera coordinada en la investigación penal.»

¿Este precedente abre nuevas herramientas para combatir el fraude organizado?

«Estoy convencido de que este caso marca un hito sobre la forma en que hay que detectar e investigar estos casos. No solo la sana decisión de algunas compañías de compartir información ayudará para ese cometido, sino que la digitalización de los expedientes más un uso adecuado de la inteligencia artificial reducirán ampliamente el margen de actuación de estas organizaciones criminales.»

Un antes y un después

Lo que hace singular a este proceso no es solo la magnitud de la red desbaratada ni la sofisticación del esquema delictivo —que incluía desde la falsificación de certificados médicos hasta la instrucción de testigos sobre qué responder en las audiencias—, sino la forma en que fue investigado. Por primera vez, varias aseguradoras cruzaron sus bases de datos, identificaron patrones repetidos —los mismos actores, demandados y testigos apareciendo en decenas de expedientes distintos— y llevaron esa información de manera coordinada a la Justicia penal.

Esa decisión, que en apariencia parece meramente operativa, tuvo consecuencias jurídicas profundas: permitió construir la prueba de la permanencia, la organización y la multiplicidad de hechos que exige el tipo penal de la asociación ilícita. Sin ese cruce de información, muchas de estas causas habrían tramitado en soledad en el fuero civil, siendo desestimadas una por una sin que nadie advirtiera el patrón que las unía.

El fallo de Casación, en ese sentido, no es solo el cierre de un proceso judicial. Es también la validación de un modelo de respuesta institucional frente a una forma de criminalidad que, durante años, operó a plena luz del día dentro de los propios tribunales.

Anibal Cejas

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