
Mediante la Resolución 471/2025, la SSN modificó el Reglamento General de la Actividad Aseguradora (RGAA) para simplificar y agilizar y reducir la carga operativa en las Condiciones de Caracter General y obligatorias y los Grandes Riesgos.
De esta manera, ahora junto con los balances trimestrales la aseguradora debe informar sobre los grandes riesgos, pero se eliminó un termino de 15 dias para hacer esto y se reduce la cantidad de información a suministrar.
Ademas, respeto de las Condiciones Generales obligatorias, antes también había que comunicar a la SSN las condiciones que se uitlizarán. Ahora, si la aseguradora está autorizada a operar en la rama, se puede comenzar con la comercialización del producto con menor cantidad de información previa.
Se considera Grandes Riesgos a los seguros con sumas aseguradas superiores a 3.500.000 UVA, siempre que no se trate de seguros de personas ni estén en determinadas autorizaciones especiales del reglamento. Estas pólizas podrán comercializarse sin autorización previa. En la póliza se deberá aclarar que se trata de Grandes Riesgos y, al presentar los estados contables trimestrales, las aseguradoras deberán remitir la información detallada según el nuevo anexo del RGAA. También se actualizan las reglas sobre coberturas estándar de uso obligatorio.
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