Dictan la liquidación judicial de Profru, la histórica aseguradora cooperativa de los productores frutícolas

El Juzgado Comercial 30 abrió el proceso contra Productores de Frutas Argentinas Cooperativa de Seguros Ltda., que ya tenía prohibido emitir pólizas y acumulaba pedidos de quiebra, multas y reclamos de acreedores.

La Justicia comercial decretó la liquidación judicial de Productores de Frutas Argentinas Cooperativa de Seguros Limitada, conocida en el mercado como Profru o Prof Seguros. La medida fue dictada por el Juzgado Nacional en lo Comercial N° 30, Secretaría N° 59, en el expediente COM 13345/2026, caratulado «c/ Productores de Frutas Argentinas Cooperativa de Seguros Ltda.». Con ella se cierra la trayectoria de una compañía con medio siglo de historia, nacida en el Alto Valle de Río Negro.

La decisión judicial llega semanas después de una ofensiva regulatoria. A fines de agosto se supo que la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) le prohibió celebrar nuevos contratos en todas las ramas en las que operaba, mediante la Resolución 365/2026, fechada el 21 de agosto. El organismo había detectado inconsistencias relevantes en la información sobre juicios y mediaciones, que impedían validar la suficiencia de las reservas por siniestros pendientes. También le reprochó no haber presentado la base de juicios y mediaciones del período cerrado el 30 de junio de 2026.

Ese mismo juzgado ya aparecía en el expediente administrativo. La SSN citó un oficio del Juzgado Comercial 30, Secretaría 59, que advertía sobre una conducta procesal reiterada de la aseguradora en al menos 19 pedidos de quiebra que tramitaban allí.

Un deterioro de años

El desenlace tuvo antecedentes largos. La compañía arrastraba una inhibición general de bienes dispuesta en 2021 y ampliada en 2024, además de una prohibición de emitir contratos que había sido levantada en 2022. En mayo de 2026 la SSN le aplicó una multa de $18.342.453,07, el máximo legal, por un «ejercicio anormal» de la actividad aseguradora. En agosto de 2026 se le volvió a prohibir celebrar nuevos contratos, mediante la Resoluciòn 365/2026.  Según el organismo, la entidad usaba prácticas dilatorias frente a los pedidos de quiebra, ofrecía pagos fuera de tiempo y no respondía la mayoría de los requerimientos de información. Un año antes, en abril de 2025, había recibido otra sanción de $11.615.657,43.
Cuatro aseguradoras sancionadas: dos no pueden emitir nuevas pólizas, una fue inhibida y otra ya no puede operar – 100% SEGURO +3

La liquidación de las entidades de seguros y reaseguros en Argentina se rige por la Ley 20.091 de Entidades de Seguros y su Control, la cual prohíbe a estas compañías recurrir al concurso preventivo o la quiebra ordinaria (Ley 24.522), estableciendo en su lugar un procedimiento especial de disolución y liquidación  . En procesos similares, la SSN designa delegados liquidadores, se fija un plazo para que los acreedores verifiquen sus créditos y se prohíbe pagar a la entidad liquidada.Quienes tengan reclamos pendientes contra la compañía, como siniestros, juicios laborales de ART o proveedores, deberán presentarse en el expediente dentro de los plazos que se fijen.

Anibal Cejas

Ver más

Leave a Comment