La aseguradora corrigió el déficit de capitales mínimos que había motivado la medida cautelar. El organismo de control concluyó que la entidad volvió a cumplir con las relaciones técnicas exigidas por la normativa.

Apenas cuarenta y cuatro días después de haber sido alcanzada por una de las medidas cautelares más severas previstas por la Ley de Seguros, Tres Provincias Seguros de Personas S.A. logró normalizar su situación patrimonial y obtuvo el levantamiento definitivo de la inhibición general de bienes que había dispuesto la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN).
La decisión fue formalizada mediante la Resolución 245/2026, firmada por el superintendente Guillermo Plate, luego de que los técnicos del organismo verificaran que la compañía logró revertir el déficit de capitales mínimos que había originado la sanción aplicada en abril.
La noticia constituye un alivio para la entidad.
Los hechos
El 20 de abril pasado, la SSN había dispuesto una serie de restricciones sobre Tres Provincias Seguros de Personas S.A. al detectar un incumplimiento en materia de capitales mínimos. Entre las medidas adoptadas figuraba la prohibición de realizar actos de disposición sobre sus inversiones y la consecuente inhibición general de bienes.
Se trata de una herramienta prevista en el artículo 86 de la Ley 20.091, que faculta al organismo de control a actuar cuando considera que la situación económico-financiera de una aseguradora puede comprometer su normal funcionamiento.
La regularización
Según surge de la resolución conocida esta semana, la compañía presentó ante la SSN sus estados contables al 31 de marzo de 2026 y acreditó la adopción de medidas destinadas a recomponer su posición patrimonial.
La Gerencia de Evaluación del organismo analizó la documentación y concluyó que la aseguradora logró subsanar el déficit que había motivado la intervención regulatoria. Además, verificó que actualmente no existen incumplimientos en materia de relaciones técnicas, uno de los principales indicadores utilizados para medir la solvencia de una entidad aseguradora.
Con esos antecedentes, la Superintendencia entendió que habían desaparecido las causas que justificaban la continuidad de la cautelar.
