Nuevo trámite para realizar la impugnación y observación de créditos en el proceso de liquidación de entidades aseguradoras

En el marco de la liquidación forzosa de una Entidad Aseguradora, y conforme a lo dispuesto en la resolución judicial correspondiente, se informa que, una vez vencido el plazo para la presentación de solicitudes de verificación de crédito, los accionistas y/o pretensos acreedores podrán formular impugnaciones u observaciones dentro de los diez (10) días, de acuerdo con el artículo 34 de la Ley de Concursos y Quiebras (LCQ).

Para solicitar el acceso a los legajos, es iniciá el trámite “Impugnaciones y Observaciones a legajos de créditos” a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD).

Te dejamos el enlace a la explicación de los pasos a seguir y el manual correspondiente.

Impugnaciones y observaciones a legajos de créditos

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