Importante anuncio del Superintendente Guillermo Plate

El Superintendente de Seguros de la Nación,  Dr. Guillermo Plate,  realizó un anuncio que sorprendió a varios. 

Indicó que la SSN inició un cambio en su estrategia respecto de la liquidación de aseguradoras,  particularmente de Riesgos del Trabajo. 

El anuncio se dio en la inauguración del Foro Nacional de Seguros,  organizado por AAPAS, el 08 de abril,  en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 

El funcionario precisó que la SSN asume el rol de liquidadora y que el Fondo de Reserva debe garantizar las prestaciones, aunque con un enfoque distinto: mediante la contratación competitiva de servicios y requiriendo a la Justicia la supervisión de los activos de la aseguradora cuya autorización fue revocada.

Concretamente informó que «Por primera vez el Fondo de Reserva está solicitando a la Justicia, a la jueza de liquidación, todos los activos de la compañía. Esto surge de la aplicación de las normas. ¿Cuáles son los activos ? Los indicados en el artículo 33 y del artículo 35 de la ley 20.091.-

Y el reconocimiento judicial de todos los gastos del Fondo de Reserva tienen un privilegio especial. Privilegio especial por los gastos de la liquidación».

El ARTÍCULO 33 establece que «La autoridad de control determinará con carácter general y uniforme las reservas técnicas y de siniestros pendientes que corresponda constituir a los aseguradores, en la medida que sea necesaria para atender al cumplimiento de sus obligaciones con los asegurados». Y también se incluyen los «Fondos de amortización, de previsión y reservas».

Y el ARTÍCULO 35 se refiere a que «los importes de las reservas previstas en el artículo 33 y de los depósitos de reservas en garantía retenidos a los reaseguradores -deducidas las disponibilidades líquidas y los depósitos de reservas en garantía retenidos por los reaseguradores- deben invertirse íntegramente en los bienes indicados seguidamente, prefiriéndose siempre los que supongan mayor liquidez y suficiente rentabilidad y garantía».

El texto completo de estos artículos y la ley misma pueden leerse en este link.

En otro momento de su exposición, declaró: «La prima es la contribución a un fondo colectivo destinado a atender siniestros inciertos. De esto que se desprenden principios fundamentales que consisten en el equilibrio entre prima y siniestros, mutualidad de los asegurados que se financian entre sí, solvencia técnica.

La capacidad de pago no es contingente,  sino constitutiva del contrato del seguro. Con esto me refiero a la solvencia. Repito, es constitutiva  del seguro y el contrato del seguro.  Por eso por cada peso que debe una aseguradora tiene que haber  un peso en su estructura financiera.

Nuestro desafío como supervisores y desde el organismo de control es distinguir entre la ilusión patrimonial y el quiebre técnico encubierto. 
No nos sirve de nada que se exhiban estados contables formalmente equilibrados pero que no se paguen siniestros».

En la presentación del Foro también disertaron Nicolás Saurit Román, Presidente de AAPAS, y Agustina Decarre, Presidente de FAPASA y de COPAPROSE. Ambos hicieron foco en la importancia de la unidad, de la capacitación de los PAS y en ampliar la conciencia asegurada.

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