Suspenden aplicación del DNU 669/2019.

En noviembre del año pasado, el Gobierno de Mauricio Macri había reglamentado el decreto que modificó las indemnizaciones por accidentes laborales.

El DNU 669/2019, publicado en el B.O. en septiembre de 2019, estableció que se dejaría de utilizar la tasa activa de los bancos para actualizar el monto de las indemnizaciones, reemplazando dicho parámetro por el RIPTE (índice de Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables). Este cambio implicaba un ajuste menor, ya que el RIPTE arroja un porcentaje de incremento menor que el de la tasa activa.

El Poder Ejecutivo de aquel entonces, había delegado en la Superintendencia de Seguros de la Nación la reglamentación de dicho DNU. En consencuencia. La SSN emitió la Resolución 2019-1039 en la cual reglamentó el tema de las reservas que tienen que constituir las ART para el pago de los siniestros futuros y el método para realizar el calculo de los intereses. No se modifica la indemnización que marca la ley, pero sí se modificó el calculo de su actualización.

Ahora, a raíz del amparo concedido ante el reclamo del Colegio Publico de Abogados de la Capital Federal, se suspenden 3 artículos de la mencionada resolución.

 

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One Thought to “Suspenden aplicación del DNU 669/2019.”

  1. NO ENTIENDO UNA COSA – – SI LOS CASOS DE INDEMNIZACIONES POR INCAPACIDAD O GRAN INCAPACIDAD SE LIQUIDAN DENTRO DE LOS PLAZOS CORRESPONDIENTES…
    – PORQUE DEBERÍAN SER AJUSTADOR POR TASA ACTIVA ??
    – SI NO ESTÁN JUDICIALIZADAS PORQUE DEBERÍAN SER AJUSTADAS POR TASA ACTIVA
    – DISTINTO EL CASO SI HUBO DISCREPANCIAS Y SE JUDICIALIZARON ALLI SI SERIA DISTINTO Y CORRESPONDERIA TASA DE PRACTICA HABITUAL EN LITIGIOS

    ENTONCES LA PREGUNTA ES: PARA QUE SUSPENDER EL DNU?
    gracias por este espacio !!!

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