Prevención para trabajadores dedicados a la faena

La Resolución SRT N° 13/2020 entrará en vigencia en 60 días desde su publicación en el B.O.

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) determinó medidas de seguridad para los trabajadores en establecimientos dedicados a la faena de distintos tipos de carne, para aquellos productos cuyo peso sea superior a los 25 kg.

La medida establece que la manipulación, transporte, distribución, carga y/o descarga de productos cárnicos, su industrialización, cadena de transporte y distribución mayorista o minorista se deberá realizar con la asistencia de medios mecánicos adecuados, siempre que el peso supere los 25 kg.

Asimismo los empleadores deberán efectuar un registro del mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos mecánicos utilizados y en caso de incumplimiento las ART, deberán denunciarlo ante la SRT para derivar las denuncias a las Administradoras de Trabajo Local (ATL).

Las ATL ejercen poder de policía en los estados provinciales y ello implica que deben sancionar a los empleadores por acción u omisión que violen las leyes y reglamentos del trabajo, salud, higiene y seguridad en el trabajo.

En cuanto a los pesos inferiores a 25 kilos se dispuso que se deberán seguir las indicaciones sobre el levantamiento manual de cargas establecidas por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS) bajo la Resolución N° 295/03 y, en lo que respecta al traslado de objetos pesados y empuje o tracción, se accionará de acuerdo a la Resolución SRT N° 3345/15.

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