Cambios en RESERVAS ramo AUTOMOTORES y otros.

La SSN publicó la resolución que citamos al pie.

Entre las novedades más destacadas, se crea una Previsión para Incobrabilidad de créditos con Reaseguradores (Art. 9).

El texto indica: «Al cierre de cada ejercicio o período las aseguradoras deben calcular la correspondiente previsión de conformidad a los principios establecidos en el presente Reglamento General de la Actividad Actividad, de todos aquellos contratos sobre los que se presuma su posible incobrabilidad ya sea por insolvencia patrimonial de la contraparte o por controversias respecto de la cobertura de los siniestros amparados en los contratos de reaseguros respectivos.”.

Al Art. 10 dice que «La presente Resolución resultará de aplicación a los Estados Contables con cierre al 31 de diciembre de 2019».

Las compañías tendrán que adecuar sistemas para informar primas separadas del Ramo Automotores en Responsabilidad Civil, Responsabilidad  Civil Transporte Público de Pasajeros y Cascos.

También cambió la forma de estimar siniestros pendientes, aunque todavía falta la reglamentación que determinará el método.

Se aumentaron los tramos un 20% al 31/12/19 y se establece ajuste trimestral por tasa pasiva a partir del 1/1/20.

En aquellos juicios que presenten inactividad procesal (Art. 4), la reserva se va reduciendo porcentualmente, aunque no es automático, sino que necesita una declaración jurada del Presidente y el auditor externo.

De 24 a 36 meses: 75%

De 37 a 48 meses: 40%

Mayor a 49 meses: 20%.

La norma indica el Pasivo a Constituir según el Monto de la Demanda Actualizada (Art. 5).

A partir del 1 de enero de 2020 los montos definidos en los rangos de demandas actualizadas se ajustarán trimestralmente conforme la tasa  pasiva. Los montos vigentes a cada cierre de Estados Contables serán publicados por esta Superintendencia de Seguros de la Nación previo a su presentación.

 

 

MODIFICACIÓN RGAA RESERVAS AUTOMOTORES Y RC

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