
La Superintendencia de Seguros de la Nación creó la categoría específica «1.130.01 – Aeronavegación – Vehículos Aéreos Pilotados a Distancia» para registrar el aseguramiento de los riesgos de los drones.
La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) de Argentina ha notificado a las entidades aseguradoras y reaseguradoras sobre la creación de un nuevo subramo en la actividad aseguradora. Esta medida busca encuadrar de manera específica las coberturas de seguros aplicables a los vehículos aéreos pilotados a distancia, comúnmente conocidos como drones.
El nuevo subramo lleva el número y nombre «1.130.01- Aeronavegación – Vehículos Aéreos Pilotados a Distancia». Según la circular, este subramo abarca las coberturas de seguros y los riesgos específicos inherentes a estas aeronaves no tripuladas.
Esta disposición, informada mediante la Circular Número IF-2025-136041616-APN-GE#SSN y emitida el 9 de Diciembre de 2025 , no solo crea una nueva categoría sino que también anuncia la derogación de un subramo preexistente.
A partir del 1º de julio de 2026 7, se dejará sin efecto el subramo «1.180.05-Responsabilidad Civil – Vehículos Aéreos Pilotados a Distancia». En consecuencia, a partir de esa fecha, todas las coberturas que estén registradas bajo el subramo 1.180.05 deberán ser reclasificadas o «adecuadamente encuadradas» bajo el flamante subramo 1.130.01.
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