Cruz Suiza normalizó su situación patrimonial y la SSN levantó la inhibición de bienes

La aseguradora recibió aportes de sus accionistas por más de $48,6 millones, suficientes para cubrir el déficit de capitales mínimos que había motivado la medida cautelar aplicada a fines de mayo. El organismo de control verificó la regularización y dispuso el levantamiento definitivo de las restricciones. 

A poco menos de dos semanas de haber sido alcanzada por una de las medidas cautelares previstas en la Ley de Seguros, Cruz Suiza Compañía de Seguros S.A. logró recomponer su situación patrimonial y obtuvo el levantamiento definitivo de la inhibición general de bienes que había dispuesto la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN).

La decisión fue formalizada mediante la Resolución 251/2026, firmada por el superintendente Guillermo Plate, luego de que las áreas técnicas del organismo verificaran que la entidad subsanó el déficit de capitales mínimos que había originado la sanción aplicada el 26 de mayo pasado.  

La medida representa una rápida normalización para la compañía, que consiguió revertir en pocos días las observaciones patrimoniales detectadas por el organismo de control.

El 26 de mayo, la SSN había adoptado respecto de Cruz Suiza las medidas cautelares contempladas en el artículo 86 de la Ley 20.091. Entre ellas, se dispuso la prohibición de realizar actos de disposición sobre sus inversiones y la consecuente inhibición general de bienes. 

La decisión respondió a la existencia de un déficit de capitales mínimos, uno de los indicadores clave que utiliza el organismo para evaluar la solvencia de las aseguradoras y su capacidad para cumplir con los compromisos asumidos frente a los asegurados. 

La regularización

Según surge de la resolución publicada esta semana, el 28 de mayo la compañía informó a la SSN la integración de aportes irrevocables efectuados por sus accionistas por un total de $48.633.437. 

Posteriormente, la Gerencia de Evaluación concluyó que esos fondos resultaban suficientes para subsanar el déficit patrimonial que había motivado la medida cautelar. A su vez, la Gerencia de Inspección verificó la efectiva integración de los aportes. 

Con esos antecedentes, los técnicos de la SSN determinaron que la situación patrimonial de la aseguradora había sido regularizada y que ya no subsistían las circunstancias que justificaban la continuidad de la inhibición general de bienes. 

En función de ello, el organismo resolvió dejar sin efecto la medida cautelar y recordó que el artículo 86 de la Ley 20.091 prevé expresamente el levantamiento de estas restricciones cuando se comprueba que la entidad se encuentra nuevamente en condiciones normales de funcionamiento.  

Anibal Cejas

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