Nuevo procedimiento para la atención de las denuncias de los asegurados

Se publicó en el B.O. el lunes 4 de abril. Resolución 225/2022. Se reinstala el Departamento de Atención al Asegurado.

Con el objetivo de proteger los derechos de los asegurados, la SSN decidió ampliar los canales de atención al asegurado.

Se reducen los plazos de respuesta de las consultas y trámites. Se deroga la Resolución 464/2018 del 13 de mayo de 2018, que contemplaba otro tipo de procedimiento. La 464/2018, a su vez, había derogado Resolución Nº 35.840, del 03 de Junio de 2011.

Las competencias del DOAA son recibir consultas, e intervenir en las denuncias que se formulen por parte de tomadores de seguros, asegurados, asegurables, beneficiarios y/o derechohabientes.

Asimismo, intervendrá respecto de las denuncias que tengan sustento en el cumplimiento de la Obligación Legal Autónoma prevista por el Artículo 68 de la Ley N° 24.449.

Actuará también, aún de oficio, cuando se observe un patrón de conducta y/o se verifiquen prácticas del mercado asegurador cuya operatoria importe un presunto incumplimiento a la normativa vigente en la materia.

No será competencia del DOAA dirimir conflictos entre denunciante y denunciado, como así tampoco fijar indemnizaciones o retribuciones y/o expedirse sobre reclamos por daños y perjuicios que eventualmente formulen los denunciantes, quedando circunscripta su actuación al análisis de las prácticas y/o conductas denunciadas.

Las actuaciones promovidas en este ámbito no interrumpirán ni suspenderán el plazo de prescripción normativamente establecido, ni obstarán y/o afectarán los procedimientos administrativos, arbitrales y/o judiciales que pudieran iniciarse en virtud de los hechos que dieran origen a aquéllas.

No obstante, la DOAA tendrá la posibilidad de celebrar Acuerdos de Avenimiento. Recibida la respuesta en tiempo y forma por parte de la entidad aseguradora y/o auxiliar de la actividad aseguradora, y al cabo del eventual intercambio de comunicaciones, el DOAA verificará si surge o no la posibilidad de un acuerdo de avenimiento en orden a los hechos objeto de denuncia.
En caso de verificarse una propuesta de acuerdo de avenimiento, se remitirá al denunciante una nota para que en el plazo de DIEZ (10) días hábiles preste conformidad con dicho acuerdo, a los fines de dar por finalizado su reclamo.

Si el denunciante no prestara expresa conformidad con el acuerdo de avenimiento propuesto o ante su silencio, de verificarse un presunto incumplimiento contractual o que la conducta de la entidad denunciada suponga una infracción a la normativa vigente, el DOAA remitirá las actuaciones a la Subgerencia de Sumarios de la Gerencia de Asuntos Jurídicos a los fines de que evalúe la eventual iniciación del procedimiento sumarial previsto en la Ley N° 20.091.

El DOAA tendrá a su cargo un Registro de datos de los Responsables del Servicio de Atención al Asegurado.

INGRESO DE CONSULTAS Y DENUNCIAS
Las consultas se recibirán por:
• La Mesa de Entradas del Organismo,
• Por teléfono al 0800-666-8400,
• Por Correo Electrónico a la casilla: [email protected]
• A través del Trámite a Distancia “TAD” Consulta/Reclamo.
Las denuncias podrán iniciarse y/o ingresar al DOAA por:
• La Mesa de Entradas del Organismo,
• Trámite a Distancia (TAD) “Consulta/Reclamo”.

COMUNICADO DE LA SSN AL RESPECTO:

El DOAA reabre sus puertas


El organismo vuelve a contar con la atención presencial a través del Departamento de Orientación y Asistencia al Asegurado.

Por medio de la Resolución SSN N° 225/2022, la Superintendencia de Seguros de la Nación reabre las puertas del Departamento de Orientación y Asistencia al Asegurado (DOAA) con el objetivo de ampliar los canales de atención al público y redefinir los mecanismos de tramitación de consultas y denuncias disponibles en el Organismo.

Es intención de la SSN trabajar en función del refuerzo de la imagen institucional, siendo fundamental la agilización y fortalecimiento del vínculo con el público en general a través de canales de atención y comunicación eficientes, y funcionales a velar por los derechos de los Asegurados.

La apertura del DOAA busca reducir los plazos de contestación de consultas y tramitación de expedientes, eliminar cargas y costos innecesarios al asegurado o consultante y dar respuesta a los requerimientos recibidos mediante la vía de Consultas y Denuncias en forma rápida, transparente y eficaz.

A través de la toma presencial de denuncias, se busca desarrollar un procedimiento simple y ágil que permita brindar un servicio de calidad y detectar tempranamente patrones de conducta y prácticas del mercado asegurador que importen una violación o falta a la normativa vigente.

La creación y reordenamiento de mecanismos y procedimientos eficaces tendientes a garantizar el derecho de los ciudadanos al acceso a la Administración Pública, resulta imprescindible y fundamental para el correcto desenvolvimiento de la SSN y sus funciones.

Lea la norma completa aquí.

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