Botón de Baja

Existe un proyecto de la SSN para establecer el llamado «Botón de Baja» para cancelar seguros. Se trata de una Solicitud de baja a través del acceso a un link dentro de la página web o aplicación móvil de la aseguradora.

Sería obligatorio para las pólizas que fueran contratadas a través de medios electrónicos de los ramos Automotores, Motovehículos, Combinados, Robo y Riesgos Similares, Cristales, Riesgos Varios y Accidentes Personales.

Esto surge por una norma del 26 de mayo de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor, perteneciente a la Secretaría de Comercio Interior de la Nación, que estableció, a través de la disposición N°357/2021, la obligación del “botón de baja” en los sitios webs de empresas que brindan servicios de streaming de contenido multimedia, así como también para las de planes de ahorro previo, compañías de seguro y de tiempos compartidos. Esta disposición amplió las actividades alcanzadas por este «Botón de baja» que hasta ese momento no incluía al seguro.

Los aspectos involucrados: la competencia única de la SSN en la regulación del sector, y la duda sobre qué pasará si el asegurado se arrepiente de la baja por haber sufrido un siniestro, o si se aduce que la persona que solicitó la baja no es el titular de la póliza.

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