Aclaración: el protocolo del GCBA para seguros no tiene aplicación práctica

Ninguna decisión administrativa tiene mayor jerarquía que un Decreto presidencial. Este desconocimiento en algunos generó una serie de confusiones.

El protocolo presentado por el GCBA no habilita a transitar por la vía pública a ninguna persona del sector asegurador. Si las personas que se desempeñan en la actividad aseguradora fueran autorizadas a circular, se les puede aplicar dicho protocolo. Pero, por ahora, el Aislamiento sigue rigiendo para la actividad.

En estos momentos en los que está circulando información errónea sobre diversas cuestiones relativas al mundo asegurador, ya debidamente aclaradas por la SSN, FAPASA, y otras entidades, es muy importante NO CONFUNDIR a la población.

Hace más de dos semanas, todas las cámaras aseguradoras presentaron al Ministerio de Economía un protocolo de actuación para el momento en que se incorpore a la actividad aseguradora entre las exceptuadas del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio.

Este protocolo presentado por el GCBA no autoriza a la circulación de las personas que se desempeñan en el sector asegurador. El mismo no fue consensuado ni con el Ministerio de Trabajo ni el de Salud de la Nación.

Hasta el momento los únicos autorizados a circular son los Peritos y Liquidadores de siniestros, en las condiciones que estableció la misma norma que los autorizó.

 

Aquí, la norma de la polémica.

PE-RES-MDEPGC-MDEPGC-109-20-ANX

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